Ejemplos que esperanzan.
El continente no está tan atrasado como cabría suponer. En cuanto a la participación ciudadana, al menos, países como Brasil, Colombia y Bolivia consideran diversas facultades para que los ciudadanos intervengan en las decisiones de sus representantes; por ejemplo, en la asignación del presupuesto público o en qué iniciativas implementar. Son atisbos de la llamada democracia participativa.
Gonzalo Delamaza | Fundación para la Superación de la Pobreza
En Chile, la transición se negoció entre muy pocas personas, a pesar de que fue producida por la movilización de millones. Tuvo como resultado, así, un sistema político marcado por la tradición elitista, sin mecanismos de participación eficaz. A pesar de que la participación es un vocablo presente en casi todos los discursos, la verdad es que los partidos políticos chilenos desconfían de ella, la legislación existente no la fomenta ni apoya, y los funcionarios gubernamentales no la consideran como un paso necesario para desarrollar las políticas. Se confía más en los estudios técnicos que en las opciones de los propios involucrados y se mira con desconfianza la descentralización, la autonomía de grupos étnicos y, frente a la presión de los poderes fácticos, la voz de los ciudadanos se escucha muy débil. A pesar de su estabilidad, Chile está muy retrasado con respecto a las estrategias de fortalecimiento democrático.
La democracia representativa, por la que tanto hemos luchado, parece no bastar en sociedades desintegradas y tan inequitativas como las de nuestro continente. Por ello es que han surgido, en diversos países de la región, iniciativas que apuntan en la dirección de la democracia participativa. Sin oponerse a las formas tradicionales, ella integra mecanismos que combinan la participación institucional con la movilización de los sectores excluidos y empobrecidos, los que amplían el campo de vigencia de los derechos ciudadanos y renuevan y modernizan la gestión de los asuntos públicos.
Brasil: yo decido el presupuesto
Uno de los experimentos más interesantes es el llamado presupuesto participativo. Originado hace 16 años en tres ciudades brasileñas, se ha convertido a estas alturas en un mecanismo que se aplica en más de cien ciudades cariocas, entre ellas todas las más grandes, así como en Argentina, España, Venezuela, México y otros países, por administraciones locales de todos los colores políticos.
El fundamento es simple: se trata de que la población determine directamente las prioridades de los presupuestos locales de inversión. Para ello se subdivide la ciudad en distritos o zonas, en cada uno de los cuales se realizan asambleas de ciudadanos (territoriales y temáticas), las que establecen sus prioridades luego de escuchada y debatida la cuenta alcaldicia del año anterior. Después se eligen delegados para el consejo de presupuesto, quienes realizan una caravana por toda la comuna o ciudad antes de reunirse a negociar. Esto les permite conocer los problemas y urgencias de los demás, ampliando así su visión de lo que ocurre en el territorio, más allá de su barrio o sector.
Cuando el consejo se reúne, debe establecer, con los marcos presupuestarios existentes, las prioridades del presupuesto. Llegado a este punto, los funcionarios municipales, que han asistido a todas las asambleas sólo con derecho a voz, formulan los proyectos de inversión. Si hay dificultades técnicas para implementar las propuestas surgidas de las asambleas, los funcionarios deben dialogar y negociar con los ciudadanos. Una vez que se ha concordado la cartera de inversiones, se presenta al concejo municipal para su aprobación. En algunos lugares, este paso está asegurado por los reglamentos y ordenanzas que rigen el municipio. Con el presupuesto participativo se controla el clientelismo, el paternalismo y la corrupción en las relaciones entre la autoridad y la población, ya que no puede autorizarse un proyecto que no ha sido aprobado en la asamblea. También tiene un efecto de inclusión social, pues participan sectores que nunca habían sido tomados en cuenta para la fijación de prioridades; antes, ésta era una labor radicada en los técnicos y el alcalde. Muchos municipios han incorporado criterios de focalización socioeconómica, de control ciudadano de las obras acordadas y de participación a través de internet, lo que permite mejorar las decisiones y ampliar los participantes. Estas experiencias se están aplicando también para grandes obras y para la gestión de gobiernos en cuatro estados de Brasil.
Colombia: yo decido lo que hacen
Otras experiencias han contemplado la deliberación y la decisión ciudadana directa en la planificación e implementación de la acción pública y en su control. Posiblemente el caso más desarrollado sea el de Bogotá, donde hace ya más de diez años se viene aplicando una combinación de instrumentos que han transformado a la participación ciudadana en una práctica arraigada y en pleno desarrollo. La ciudad ha dictado estatutos que la protegen y aseguran; también, se ha subdividido el territorio, lo que ha permitido a los habitantes involucrarse en diferentes niveles. Por una parte, están las asambleas territoriales; por otra, los consejos, que actúan en problemáticas específicas de salud, educación, cultura e infancia, como ocurre también en Brasil y, con menor fuerza, en Ciudad de México.
Los consejos son electos por los ciudadanos a través de diversos mecanismos. Sus cargos son revocables y sus funciones son incidir en el planeamiento de actividades, apoyar y controlar la implementación de obras y programas, y luego informar y evaluar los resultados con la población para retroalimentar la acción pública. Surgen así estrategias de corresponsabilidad entre el sector público y la ciudadanía organizada, que están sancionados por reglas explícitas, que se van reformulando y mejorando según los resultados obtenidos. Dichas reglas no dependen de la voluntad de la autoridad; en Bogotá, ya han asumido cuatro administraciones, de diferentes orientaciones políticas, que han continuado perfeccionando el modelo.
El control social sobre la administración pública y la gestión de los servicios parece ser uno de los principales aspectos de estas nuevas formas de participación. Antes de la ejecución de proyectos y acciones, se llevan a cabo exposiciones públicas, para reunir observaciones, y audiencias originadas por la autoridad o demandadas por la población. En Chile, ambas modalidades se utilizan, aunque insuficientemente, a pesar de que tienen mecanismos legales que las amparan, al menos en el área de proyectos con impacto ambiental y asuntos municipales.
En la fase de la implementación, hay mecanismos institucionalizados de diverso orden: los Comités de Vigilancia en Bolivia, surgidos de la ley de participación popular de 1994; las experiencias de la Contraloría Social en México (que en Chile aplicó, de modo efímero, el INDAP), y las Veedurías ciudadanas, entre las que destaca la de Medellín. Se trata de instancias de participación ligadas a temas y proyectos específicos, cuyos acuerdos deben ser considerados y respetados por la autoridad, más allá del nivel meramente consultivo al que nos hemos acostumbrado en Chile.
Yo decido y la ley –o la Constitución– me lo asegura
Al menos tres países –Bolivia, Colombia y Brasil– han consagrado en las leyes y en la propia Constitución la participación social como un derecho de los ciudadanos, lo que la eleva del rango meramente instrumental. Cuando en Brasil el presupuesto participativo fue impugnado legalmente, la justicia falló a su favor, pues la Constitución de 1989 consagraba esa facultad. Ése fue el resultado de un importante ciclo de luchas sociales en pro de la democracia, que culminó con una Asamblea Constituyente que instauró mecanismos como los consejos sectoriales. En Colombia, en cambio, la Constitución de 1991 dio origen a un sinnúmero de instancias y posibilidades de participación, unas más dinámicas y genuinas que otras. En Bolivia, la ley de 1994 significó un rediseño completo de la administración pública, y traspasó funciones y presupuestos al nivel comunal, permitiendo que, por primera vez, las comunidades indígenas, mayoritarias en el país, pudiesen manejar su propio presupuesto. Medidas importantes a favor de garantizar márgenes de autonomía y respeto por la diversidad étnica se han tomado también en Brasil, Colombia, Nicaragua y México. En éste último, hay municipios «de usos y costumbres» que utilizan la jurisprudencia e institucionalidad tradicionales de los grupos indígenas.
Otras sanciones jurídicas son las acciones ciudadanas de defensa del interés público, la iniciativa popular de ley, y las revocatorias de mandato y remoción de autoridades. Las primeras son acciones emprendidas en nombre de intereses amplios de la ciudadanía, porque ha sido violado algún derecho, como la libre expresión. Éste fue el caso de la presentación legal para levantar la censura impuesta a la película La última tentación de Cristo.
La iniciativa popular de ley, en tanto, permite a un número importante de ciudadanos presentar iniciativas en el parlamento, ampliando la legislatura, mientras la revocación de mandato puede aplicarse en diversos niveles frente a conflictos graves. Es el caso actual de Venezuela: frente a una situación similar a la de Chile en 1973, en vez de recurrir a la fuerza militar (que no está dispuesta a dar un golpe), la oposición cuenta con una herramienta poderosa dentro del sistema democrático: el plebiscito revocatorio.
Ubicación: Revista Universitaria, Universidad Católica de Chile.-
http://www.uc.cl/ru/84/dossier_6.html
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